El Boletín Oficial del Estado del 27 de Febrero, publica una resolución de la Dirección General de Tributos que supone un hito histórico para todo el sector de panadería.

En su virtud, todos los productos de panadería pasan a tributar al tipo superreducido del 4% del IVA, eliminando la distinción que había hasta ahora entre los panes comunes (que tributaban al 4%) y los panes especiales (que estaban gravados al 10%).
Esta norma es muy positiva no solo para el sector, sino también para los consumidores y para los colectivos de celíacos.
Tras varias reuniones con el Ministerio de Agricultura desde la Confederación Española de Panadería, Pastelería, Bollería y Afines (Ceoppan) muestran su satisfacción por la publicación de esta resolución, que complementa la Norma de Calidad del Pan impulsada por la organización nacional.